FICHA · MORELOS 2027Diputación local · mayoría relativa
12 · Congreso de 20 integrantes: 12 MR y 8 RP; cotejado con AI 90/2025.
Requisitos
Edad mínima: 21 años; revisar el momento legal de cumplimiento en el fundamento del cargo.
Ser morelense por nacimiento o acreditar tres años de residencia efectiva anteriores a la elección; además, más de un año en el distrito. Si un municipio tiene más de un distrito, la Constitución permite acreditar esa residencia en cualquier parte del municipio (art. 25).
Inscripción electoral y credencial vigente, además del pleno ejercicio de derechos.
La edad no basta. Deben revisarse ciudadanía, suspensión de derechos (art. 38 federal), sanciones firmes, incompatibilidades, autenticidad documental, reglas de postulación y, cuando corresponda, separación efectiva del empleo público. Una denuncia o una inscripción en un registro no sustituye por sí sola el examen de la resolución y sus efectos.
Registro
Partido, coalición o candidatura independiente; fórmula de propietario y suplente. Revisar paridad y acciones afirmativas distritales en los acuerdos 2027.
Independiente local: 2% de lista nominal distrital y al menos la mitad de las secciones con 2% en cada una (Código 270). A diferencia de la federal, el umbral seccional aquí es 2%, no 1%. La fecha de corte prevista es 31 de agosto del año anterior, sujeta a acuerdos aplicables.
Expediente
Acta de nacimiento; credencial para votar y constancias electorales exigibles.
Pruebas idóneas de residencia y de su continuidad; no sólo un domicilio escrito.
Documentación de separación del cargo, si corresponde, con acuse y efectos efectivos.
Aceptación de candidatura, datos de propietario y suplente y formatos de la convocatoria.
Declaraciones, documentación de paridad y acciones afirmativas que realmente correspondan.
Acuse completo de registro y expediente de cumplimiento de cualquier prevención.
Territorio y asignación
Uno de los 12 distritos locales, distintos de los cinco distritos federales. Consulta por sección para no asignar todo un municipio a un solo distrito.
Mayor votación en el distrito, con revisión de elegibilidad, cómputo y medios de defensa.
Fechas
Jornada: 6 de junio de 2027. Consultar calendario según el ámbito; no extrapolar las fechas federales a la elección local.
Gastos y publicidad
Tope 2027: pendiente de incorporación de un acuerdo oficial verificado. No se usa una cifra 2024 ni se sustituye por un presupuesto personal. La fiscalización corresponde al INE; el tope local lo aprueba el IMPEPAC en su ámbito.
No contratar radio o televisión. Revisar etapa, contenido, pagador, lugar de colocación y fiscalización de cada pieza. Las redes sociales y los servicios de influencers no quedan fuera del control de gastos. Ver módulo Publicidad.
Derechos y defensa
Guardar acto y constancia de notificación; identificar autoridad, fecha y hora, vía y legitimación. Las impugnaciones suelen tener plazos muy breves; no esperar a que termine una asesoría en línea. Ver Derechos y defensa.
La reforma federal de no reelección y nepotismo electoral publicada en 2025 remite las nuevas prohibiciones a los procesos de 2030. Para 2027 se requiere revisar el régimen transitorio, periodos ejercidos, reglas locales y partidistas; no se certifica reelección automática.
Funciones
Legislar en el ámbito local, aprobar el presupuesto estatal y ejercer controles políticos y financieros previstos constitucionalmente.